Actualizaciones en el Código Técnico de la Edificación. Se ha modificado el DBSUA y DBSI al respecto de las normas UNE 85121 y a la 85635

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Se ha modificado el Código Técnico de la Edificación, en concreto el DBSI (Documento Básico de Seguridad contra Incendio) y el DBSUA (Documento Básico de Seguridad de Utilización y accesibilidad) con nuevas actualizaciones al respecto de las normas UNE 85121:2018 : “Puertas Peatonales automáticas: Instalación, uso y mantenimiento”  y la 85635:2012  “Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ya instalados o de nueva instalación. Requisitos específicos de instalación, uso, mantenimiento y modificación”.

El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que establece las exigencias de obligado cumplimiento de los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad según la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).

Su aplicación corresponde a edificios de nueva construcción, a intervenciones en edificación ya existente, como obras de reforma, rehabilitación, cambio de uso, ampliación, modificación y mantenimiento.

A continuación, se facilitan los enlaces a los Documentos (versión 20 de diciembre 2019):

Documento Básico de Seguridad contra Incendio

Documento Básico de Seguridad de Utilización y accesibilidad

Entre la documentación aportada, merece señalarse en el documento básico DBSI, en el punto 6 .5 (Puertas situadas en recorridos de evacuación) lo siguiente:

“Las Puertas peatonales automáticas de someterán obligatoriamente a las condiciones de mantenimiento conforme a la norma   UNE 85121:2018 (Puertas peatonales automáticas, Instalación, uso y mantenimiento).”

De la misma manera, en el DBSUA 2 “Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento” en el punto 1.2.4 se indica que: “En relación a su instalación, uso y mantenimiento, conforme a SI 3-6, punto 5, las puertas peatonales automáticas se someterán obligatoriamente a las condiciones establecidas en la norma UNE 85121:2018.”

Además, el DBSUA 2 “Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento” en el punto 1.2.3 al respecto de las Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones cita explícitamente:

“En relación con las condiciones de seguridad de utilización, las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones deben contar con Marcado CE de conformidad con la norma de producto UNE-EN 13241:2004+A2:2017 “Puertas industriales, comerciales y de garaje y portones. Norma de producto, características de prestación”.

En relación a su instalación, uso y mantenimiento, la conformidad con la Directiva de máquinas puede obtenerse mediante el cumplimiento de la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009 “Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Instalación y uso”.

Por otro lado, se ha publicado la norma española UNE 85635:2012 “Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ya instalados o de nueva instalación. Requisitos específicos de instalación, uso, mantenimiento y modificación”, que complementa a las anteriores.

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